SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2005/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2005/2010-R

Fecha: 03-Nov-2010

Fragmento 21

i)        Por Resolución de sobreseimiento de 3 de enero de 2008, el Fiscal de Materia, Edson Martín Arteaga Vera, precisa los siguientes documentos valorados: a) Declaración informativa de: Henry Santos Corregidor; Elvira Mamani Alfonso, Víctima; Villca Santos de Ramírez, Víctima; Irene Flores Cruz, Ruperta Cayo Vda. De Esquivel; Esther Salinas de Mamani, Lucía Choque de Mamani, Esteban Mamani Choque, José Hacha Vásquez, Juan Ramos Copa, y otros; b) Informe del asignado al caso de 27 de junio de 2007; c) Acta de reunión de 8 de julio de 2007; d) Acta de reunión de 17 de junio del mismo año; e) Acta de comiso de arma de fuego; f) Informe de balística del sargento Huarayo, g) Referencia  muestrario fotográfico; y, h) Informe de inspección y reconstrucción; Por otra parte, la resolución dictada por el fiscal de distrito Gonzalo Adolfo Calvo Ugarte, 007/2008 de 30 de enero, pondera los siguientes elementos de prueba: a) Entrevistas informativas prestadas por los testigos Henry Santos Corregidor; Elvira Mamani Alfonso, víctima; Villca Santos de Ramírez, víctima; Irene Flores Cruz, Ruperta Cayo vda. de Esquivel; Esther Salinas de Mamani, Lucía Choque de Mamani, Esteban Mamani Choque, José Hacha Vásquez, Juan Ramos Copa, a quienes circunstancialmente cita; b) Informe del investigador asignado al caso; c) Acta de reunión de 8 de julio de 2007; d) Acta de reunión de 17 de junio de 2007; e) Acta de entrega o recolección de un rifle calibre 22; y, f) Informe de inspección y reconstrucción, verificándose de manera objetiva que éste último no compulsó: i) el muestrario fotográfico en 22 placas fotográficas; ii) El informe pericial balístico remitido en fax cursante, y, iii) el informe del investigador asignado al caso, ello porque el fiscal de materia, a tiempo de remitir antecedentes para la consideración del sobreseimiento, omitió remitir estos elementos de prueba.