SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2005/2010-R
Fecha: 03-Nov-2010
III.5 Análisis de la problemática concreta
El accionante, a través de su memorial de amparo constitucional, pide la tutela a sus derechos al debido proceso, tutela judicial efectiva y acceso a la justicia, denunciando como acto lesivo a los mismos, un presunto acto ilegal cometido por las autoridades demandadas, quienes al decretar y ratificar el sobreseimiento a favor de los imputados Fernando Vásquez Mamani y Silvia Prima Flores Fernández, hubieran omitido compulsar todos los elementos de prueba acumulados en etapa preparatoria, señalando en particular el informe de pericia balística de 8 de enero de 2008.
Ahora bien, del contenido del memorial de amparo presentado por el accionante, se establece que el acto denunciado como lesivo, está directamente vinculado a la temática del principio de objetividad como parámetro para el ejercicio del control de constitucionalidad a través del amparo constitucional desarrollado en el Fundamento Jurídico III.3 de la presente sentencia, ciñéndonos estrictamente al objeto y causa de la petición y de la compulsa de antecedentes se establece lo siguiente:
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- Fragmento 10
- II.1. Antecedentes generales del proceso
- Fragmento 12
- objeto
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- valorar medios probatorios para fundar y sustentar una persecución penal ante los órganos jurisdiccionales
- III.4 Del sobreseimiento y la función del Ministerio Público
- III.5 Análisis de la problemática concreta
- Fragmento 21
- las resoluciones impugnadas, fundamentan su decisión omitiendo considerar y valorar los elementos de prueba que las accionantes individualizan de manera precisa, consistente en el informe pericial balístico y placas fotográficas, que por error u omisión del Fscal de Materia no fueron sido remitidas ante el Fiscal de Distrito conjuntamente los otros documentos de la investigación cursantes en el cuaderno de investigaciones, por lo que resulta evidente que el sobreseimiento se sustentó en una
- APROBAR