SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2044/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2044/2010-R

Fecha: 10-Nov-2010

salvando el juez los defectos u omisiones de derecho que fuesen advertidos

Sobre este punto resulta pertinente indicar que los arts. 125 y 126 de la actual  Constitución Política del Estado, mantienen la inspiración informalista de esta acción tutelar, pues no requiere de mayores formalidades para su presentación; asimismo, una vez activado corresponde señalar de inmediato día y hora de audiencia pública para su consideración y denegar o conceder la tutela solicitada; por su parte, el art. 90 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC) indica que el contenido del recurso, hoy acción de libertad, debe observar  los requisitos de contenido, es decir, los hechos motivantes y el derecho que se considere afectado, salvando el juez los defectos u omisiones de derecho que fuesen advertidos en el recurso, el cual no requerirá la observancia de requisitos formales.