Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2067/2010-R
Fecha: 10-Nov-2010
II.2
II.2. Finalmente después de varios intentos de desapoderamiento del inmueble adjudicado, se ejecutó el mandamiento ordenado por el Auto de 14 de marzo de 2008, librado en contra de Vicente Devo De Col Nascimben, Efraín, Edwin y Jacinto Navarro Fernández, sin embargo el mismo se ejecuto también contra Jacinto Navarro Calderón y Primitiva Fernández de Navarro (fs. 133 vta., 175 a 176 vta.)
- recurso de amparo constitucional ahora acción de amparo constitucional
- Roxana Marlene Escobar Colque
- Claudia Cardozo Apaza,
- Jacinto Navarro Calderón y
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- concedio
- II.1.
- II.2
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. Contenido y ejecución del mandamiento de desapoderamiento
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- Fragmento 17
- b) cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución
- Fragmento 19
- III.4.
- REVOCAR