Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2098/2010-R
Fecha: 10-Nov-2010
I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
Efectuada la audiencia pública el 17 de junio de 2008, por Secretaría se informó que fueron notificadas legalmente las partes, encontrándose presentes la recurrente asistida por su abogado, las autoridades recurridas, la representante del Ministerio Público y el tercero interesado, quien presentó informe escrito y adjuntó prueba; conforme acta cursante de fs. 54 a 57 vta., consecuentemente se produjeron los siguientes actuados:
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- a)
- c)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- Fragmento 18
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- Fragmento 22
- a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación y
- III.4. El caso analizado
- APROBAR