SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2118/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2118/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

i)

El recurrente solicita tutela de sus derechos a la libertad personal, a la libre locomoción, al debido proceso y a la “seguridad jurídica”, denunciando que fueron vulnerados por las autoridades recurridas, puesto que: i) El Tribunal de apelación a tiempo de modificar el quantum de la pena omitió conceder el perdón judicial; ii) Del art. 44 del CPP, se infiere que el Tribunal que dictó la Sentencia en primera instancia será competente para resolver todas las cuestiones e incidentes; y, iii) La situación planteada se encuentra dentro de las previsiones del art. 18 de la CPEabrg, correspondiendo otorgar la tutela requerida. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del recurrente, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.