SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2118/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2118/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

III.4. El caso en análisis

En efecto, de la revisión de antecedentes presentados, se advierte que debido al recurso de apelación restringida de la Sentencia de primer grado, el Tribunal de alzada, a tiempo de declarar la procedencia del recurso, modificó la pena privativa de libertad de seis a dos años de reclusión (Conclusión II.2); ese cambio en la pena, de conformidad con el art. 368 del CPP, compelía conceder el beneficio del perdón judicial, situación que no se dio, siendo que el Tribunal de Sentencia en cumplimiento a la Resolución del Tribunal superior, estaba obligado a atender positivamente la petición del condenado, más aún si está demostrado que es su primer delito y que no tiene antecedentes penales (fs. 18).