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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2129/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2129/2010-R

    Fecha: 19-Nov-2010

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    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
    • improcedente el recurso
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de  constitucionalidad
    • “recurso de hábeas corpus”
    • conceder la tutela
    • III.3. Sobre el carácter subsidiario del Recurso de hábeas corpus ahora acción de libertad
    • deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas.
    • empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
    • Fragmento 19
    • III.5. La problemática planteada en el caso de autos
    • improcedente
    • APROBAR

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