SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2129/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2129/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

improcedente

Por consiguiente, la situación planteada no se encuentra dentro de las previsiones del art. 18 de la CPEabrg., ahora art. 125 de la CPE, por lo que el Tribunal de garantías al haber declarado improcedente el recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.