Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2174/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El abogado de la parte recurrente, ratificó los fundamentos del recurso y los amplió señalando que, no existe (contra sus representados) ninguna denuncia formal en la Fiscalía de Distrito, en los juzgados, ni en la Policía, si bien es cierto que en el mes de julio de 2007, se produjo un hecho ilícito en el que sus defendidos fueron involucrados; sin embargo, en forma injusta se busca nuevamente incriminarlos en otro ilícito que habría ocurrido el 8 de agosto de 2008, más aún, cuando no cuentan con ningún antecedente, toda vez que, no hubo sentencia ejecutoriada en su contra, en razón a que los hechos anteriores de los cuales fueron sindicados, se hallaban archivados.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad y funcionarios policiales recurridos y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- d)
- 1)
- Fragmento 8
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- III.3. La subsidiaridad en el recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- improcedente
- REVOCAR