Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2174/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.2.
II.2. El 12 del mismo mes y año, el Fiscal recurrido informó a la Jueza de Instrucción en lo Penal de Viacha del Distrito Judicial de La Paz, respecto a la iniciación de investigaciones contra los autores de los delitos de asesinato, robo agravado y otro (fs. 38), disponiendo la apertura del caso y se efectúen las diligencias preliminares, designándose al efecto un investigador (fs. 37).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad y funcionarios policiales recurridos y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- d)
- 1)
- Fragmento 8
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- III.3. La subsidiaridad en el recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- improcedente
- REVOCAR