SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2174/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
En revisión la Resolución 30/2008 de 18 de septiembre, cursante de fs. 20 a 22, pronunciada por el Juez Segundo de Partido y de Sentencia de El Alto del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, interpuesto por Fausto Calle Mamani en representación sin mandato de Benjamina Villca de Ticona y Mateo Eduardo Ticona Tórrez contra Gonzalo Cuba Mariaca, Fiscal de Materia; Félix Pinto Chura y Tito Llusco Mamani, ambos funcionarios policiales de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) de Viacha y de El Alto, respectivamente, alegando la vulneración de los derechos de sus representados a la libertad física y de locomoción, citando al efecto los arts. 6.II y 9.I de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad y funcionarios policiales recurridos y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- d)
- 1)
- Fragmento 8
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- III.3. La subsidiaridad en el recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- improcedente
- REVOCAR