Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2212/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.1.
II.1. Por memorial de 17 de marzo de 2007, “ROGHUR S.A.” representado para ese proceso, por Angel Moy Noe, formaliza acusación y querella criminal contra Erika Margot Vargas Callejas, como autora principal y los que resultaren cómplices y encubridores, por la comisión de los delitos de supresión o destrucción de documentos, abuso de confianza, revelación de secreto profesional, manipulación informática y alteración acceso y uso indebido de datos informáticos y concurso real de delitos (fs. 26 a 30), demanda que fue admitida por Auto de la misma fecha (fs. 31).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades y personas recurridas
- a)
- denegó
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II. 7.
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. En cuanto a la motivación y/o fundamentación de los fallos judiciales
- III.4. La congruencia de las resoluciones impugnadas
- III.5. Análisis del caso
- APROBAR