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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2212/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2212/2010-R

    Fecha: 19-Nov-2010

    II.2.

    II.2.  Erika Margot Vargas Callejas, ahora representada de los recurrentes, mediante memorial de 8 de mayo del citado año, se apersona y opone excepciones de incompetencia en razón de territorio, pidiendo la declinatoria de jurisdicción del caso judicial al Juez de Sentencia de turno del Distrito Judicial de La Paz, (fs. 78 a 82).         

    • recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • I.2.2. Informe de las autoridades y personas recurridas
    • a)
    • denegó
    • I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II. 7.
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
    • acción de amparo constitucional
    • concederá o denegará
    • accionante
    • denegar
    • III.3. En cuanto a la motivación y/o fundamentación de los fallos judiciales
    • III.4. La congruencia de las resoluciones impugnadas
    • III.5. Análisis del caso
    • APROBAR

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