Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2215/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.6.
II.6. El Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social, por Auto de 5 de septiembre de 2008, ahora recurrido, ordenó que se expida el mandamiento de apremio contra el recurrente, con habilitación de días y horas extraordinarias, en su condición de representante de la Empresa Plástica 2000 S.R.L., hasta que cancele el monto de Bs4549,99.- por concepto de beneficios sociales (fs. 28).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- III.3. Del apremio en proceso laboral ante el incumplimiento de una obligación a favor del empleado o trabajador
- En ese marco, se ha previsto como uno de los casos de restricción del derecho a la libertad física por la vía compulsiva en materia social y laboral, cuando exista Sentencia judicial firme estableciendo una obligación pecuniaria para el empleador a favor de su empleado y el demandado incumpla con el pago de dicha obligación dentro del plazo otorgado por la autoridad judicial, circunstancia en la que el Juez podrá librar el mandamiento de apremio corporal, así lo dispone expresamente la norma prevista por el art. 216 del Código procesal del trabajo (CPT)
- III.4. Del caso concreto
- APROBAR