SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2226/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2226/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

denegada

Concluida la audiencia, la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 44 de 12 de septiembre de 2008, cursante de fs. 47 a 48, declaró denegada la tutela en base a los siguientes fundamentos: i) La medida cautelar aplicada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, es de 9 de octubre de 2007 y si bien el art. 18 de la CPEbrg, no establece un término para la interposición del recurso, se entiende que en procura de velar por los derechos de la persona, éste debe ser interpuesto de manera inmediata, no once meses después; ii) El recurrente se halla con acusación ante un Tribunal de Sentencia y será este Tribunal, el que conozca cualquier defecto absoluto o relativo que existiere en la tramitación de la causa y que hubiese sido cometido tanto por el Juez cautelar como por los Vocales recurridos; y, iii) Las Resoluciones emitidas por los Vocales y por el Juez Cautelar son correctas, toda vez que el Ministerio Público, en cualquier momento de las investigaciones, puede modificar sus decisiones, por eso son llamadas investigaciones provisionales; tal cual ocurrió en el presente caso, donde se dispuso la detención preventiva dejando sin efecto las medidas sustitutivas, al establecerse que existía obstaculización del proceso en la investigación de los hechos.