SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2254/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes ahora accionantes por sus representados, alegan que las autoridades recurridas en adelante demandados, vulneraron sus derechos a la “seguridad jurídica”, principio de legalidad, derecho a la defensa e igualdad, por cuanto dentro del proceso penal que les siguen a Román Morón Cruz y a Delia Rojas Ortiz, el Juez demandado resolvió la excepción de incompetencia planteada por ellos y admitiéndola ordena remitir los antecedentes al juez de instrucción en lo civil, ante tal decisión formularon recuso de apelación incidental la que se resolvió por los Vocales denunciados, quienes por Auto de Vista de 6 de mayo de 2008, admitieron y declararon improcedente el recurso de apelación incidental. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales de los recurrentes, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades correcurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica de la acción amparo constitucional
- III.4.
- REVOCAR