SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2254/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión de la Resolución de 2 de septiembre de 2008, cursante a fs. 351 y vta., pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Félix Carvajal Gonzáles y Teodora Jiménez Salvatierra en representación de Cirilo Fredi Colodro Aguilera, Rogelio Ávalos Sánchez, Gerardo Rojas Rojas y Uriel Humberto Doria Medina Ribera en representación de los ex trabajadores del Servicio Nacional de Caminos del Proyecto de Pavimentación San Ramón- Trinidad contra Adhemar Fernández Ripalda, Edgar Molina Saucedo Iriarte, Vocales de la Sala Penal Segunda; y Hernando Tapia Pachi, Juez Octavo de Instrucción en lo Penal; todos del mismo Distrito Judicial; alegando la vulneración de sus derechos a la igualdad, a la “seguridad jurídica”, derecho a la defensa, al debido proceso y al principio de legalidad,
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades correcurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica de la acción amparo constitucional
- III.4.
- REVOCAR