SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2261/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
tercero ajeno
De lo referido precedentemente se advierte que la finalidad de la tercería de dominio excluyente es permitir que un tercero ajeno a un proceso de ejecución, logre excluir el bien inmueble o mueble sujeto registro del embargo, remate y venta judicial al asistirle sobre el mismo un derecho propietario, el cual debe ser probado; por el contrario, el incidente de nulidad de obrados tienen como objetivo sanear los vicios y nulidades dentro de un proceso al ser válido y legal declarar la nulidad de un acto procesal cuando éste se ha constituido desconociendo o infringiendo una norma procesal y vulnerando un derecho fundamental o garantía constitucional, como son el derecho propietario y a la defensa, por lo que se concluye, que el incidente planteado por la mandante, es la vía correcta para que la esposa del coactivado, como copropietaria del bien, cuya ganancialidad se presume, solicite ser considerada parte del proceso coactivo, pese a no ser deudora ni garante de quien obtuvo el crédito.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- accionante
- El matrimonio constituye entre los cónyuges, desde el momento de su celebración, una comunidad de gananciales
- III.4. Análisis del caso
- III.4.1.a. Valoración de la prueba
- III.4.1.b. Análisis del caso
- existen casos en los que los efectos de la sentencia pueden extenderse a terceros, en cuyo caso éste interviene conservando su calidad de tercero para reclamar el dominio de la cosa embargada
- sino que le interesa que le devuelvan el bien embargado, o se levante el embargo trabado
- las tercerías de dominio excluyente que importa una reclamación que interpone una tercera persona
- la única forma en la que se puede discutir el derecho propietario de un tercero ajeno al proceso en un proceso de ejecución es a través de la tercería de dominio excluyente
- denunciar vicios cometidos en dicho estadio procesal
- es perfectamente posible el planteamiento del incidente de nulidad en ejecución de Sentencia buscando la reparación de un proceso ilegal por vulneración de derechos y garantías
- tercero ajeno
- III.4.3. Del principio de especificidad
- III.4.4. Sobre la denuncia referida a que la incidentista conoció de la existencia del proceso
- REVOCAR