SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2269/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2269/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

i)

El Juez Primero de Instrucción en lo Penal, Freddy Alex Gutiérrez Flores, presente en la audiencia pública, se adhirió a los argumentos precedentemente descritos, agregando que: i) El 29 de diciembre de 2008, estando de turno como autoridad en las vacaciones judiciales, tomo conocimiento del caso en cuestión y fijó audiencia de medidas cautelares para el día siguiente; acto procesal en el que el abogado del recurrente formuló un incidente de actividad procesal defectuosa, notificándose a las partes en audiencia con la resolución concluyente, cuyo plazo para recurrirse regía hasta entonces; ii) En dicha audiencia, se dictaron dos resoluciones, una respecto al indicado incidente y otra, respecto a la detención preventiva del recurrente, que versó sobre la comprobación del peligro de fuga y obstaculización en la averiguación de la verdad; según el informe de acción directa, los funcionarios se constituyeron en el domicilio de Juaquín Fernández Ventura a denuncia verbal del padre de la víctima, destacándose que el sindicado habría intentado darse a la fuga; y, iii) En base a los recaudos necesarios, la policía condujo al denunciado a las oficinas de la FELCC a horas 22:30 del 28 de diciembre de 2008, para poner al recurrente a cargo de la autoridad fiscal, quien, en base al informe correspondiente, remitió al día siguiente, el cuaderno de investigaciones y al detenido al Juzgado Primero de Instrucción en lo Penal, sumando treinta y dos horas en total, que están dentro de los plazos establecidos para efectuar estas actuaciones.