SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2272/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2272/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

III.4.   Análisis del caso concreto

El accionante, argumentando que el dictamen 3223/2007, emitido por el Tribunal Médico de Calificación, determinó el 85,787% de pérdida de la capacidad laboral por accidente de Ramiro Martínez Camacho Ávila; sin embargo, solicitado el pago de su pensión por invalidez a la autoridad demandada, el 17 de abril de 2008, BBVA Previsión AFP S.A., informó la imposibilidad de cubrir el mismo por incumplimiento del LAB S.A. en el pago de sus aportaciones que le fueron descontadas mensualmente, explicando que estarían gestionando el cobro pertinente a dicha línea aérea y una vez realizado el pago, procederían conforme a la norma vigente.

En ese contexto, es de aplicación el contenido del Fundamento Jurídico III.3. considerando que la nota emitida por la Jefa de Prestaciones de BBVA Previsión AFP S.A. de Santa Cruz, explicando la imposibilidad del pago de la pensión por invalidez solicitada, se constituye en el presunto acto vulnerante de derechos fundamentales; en consecuencia, la legitimidad pasiva recae sobre esta autoridad que suscribió el escrito que se imputa como lesivo a los derechos fundamentales invocados en la presente acción; por lo tanto, al no demandar a dicha autoridad, no se cumplió con el requisito de forma que prevé el art. 97.II de la LTC, situación que impide al Tribunal Constitucional -en grado de revisión- a analizar el fondo de la problemática formulada y consiguiente denegatoria de la acción.