SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2272/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución 037/2008 de 24 de septiembre, cursante a fs. 202 a 204, pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Federico Alfonso Martínez Camacho Ávila en representación de Ramiro Martínez Camacho Ávila contra Vivian Ossio de Claver, Gerente Regional de PREVISIÓN BBVA ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES S.A. (BBVA Previsión AFP S.A.) de Cochabamba, alegando la vulneración de los derechos de su representado a la vida, a la salud y a la seguridad social, citando al efecto los arts. 7 incs. a) y k), 158, 228 y 229 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg); 4 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y 6 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Falta de legitimación pasiva y declinatoria de competencia
- a)
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Subreglas sobre la legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- el recurso fue interpuesto ante los Tribunales en la ciudad de La Paz, siendo así que la Resolución del Consejo de la Judicatura, que confirma la resolución impugnada, se emitió en Sucre, sede de dicho órgano
- APROBAR