Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2305/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Ante el Juzgado Décimo de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santa Cruz, interpusieron una demanda ordinaria de nulidad de transferencia, cancelación de partida, derechos sucesorios sobre ganado vacuno y otros, contra Julio Cesar Flores Reus, José Eduardo Eguez El Hage y Rolando Eguez El Hage, la misma que concluyó con la emisión de la Sentencia de 23 de junio de 2006, que en recurso de apelación fue anulada, mediante el Auto de 16 de enero de 2007, porque el Juez del proceso no consignó la totalidad de las pretensiones demandadas, faltando pronunciarse sobre los daños.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- III.3. Legitimación pasiva en las acciones de amparo constitucional
- a) La legitimación pasiva como requisito de admisibilidad de forma del amparo y los efectos ante su inobservancia tanto en etapa de admisión, así como en revisión ante este Tribunal
- b) La legitimación pasiva de los entes colegiados
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR