Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2310/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
En la audiencia pública efectuada el 14 de noviembre de 2008, con la asistencia del recurrente acompañado de su abogado defensor, Carlos Edwin Crespo Bustillos, Juez de Partido Primero de Familia, Niñez y Adolescencia de Quillacollo y Magaly del Carmen Campos Arce, Fiscal de Materia, ausentes los representantes del Ministerio Público y de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, conforme sale del acta cursante de fs. 13 a 15 vta., se produjeron los siguientes actuados:
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- conceder la tutela
- la subsidiariedad con carácter excepcional del recurso de hábeas corpus
- III.4. Respecto a la normativa legal aplicable al caso de autos
- a)
- a partir del momento en que recibe la acusación
- Fragmento 19
- III.5. La problemática planteada en el caso de autos
- APROBAR