Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2310/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
recurso
En revisión la Resolución 25/08 de 14 de noviembre de 2008, cursante de fs. 16 a 18, pronunciada por el Juez de Partido Liquidador y de Sentencia de Quillacollo del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad interpuesto por Luís Portugués Silvestre en representación del menor MPS contra Carlos Edwin Crespo Bustillos y Magaly del Carmen Campos Arce, Juez de la Niñez y Adolescencia de Quillacollo y Fiscal de Materia del mismo Distrito Judicial, respectivamente, alega que su representado se encuentra indebida e ilegalmente detenido, citando al efecto los arts. 6.II y 18 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- conceder la tutela
- la subsidiariedad con carácter excepcional del recurso de hábeas corpus
- III.4. Respecto a la normativa legal aplicable al caso de autos
- a)
- a partir del momento en que recibe la acusación
- Fragmento 19
- III.5. La problemática planteada en el caso de autos
- APROBAR