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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2310/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2310/2010-R

    Fecha: 19-Nov-2010

    II.3.

    II.3. De la providencia de 8 de noviembre de 2008, que el Juez Primero de Partido de Familia, Niñez y Adolescencia de Quillacollo, previene el caso, asumiendo competencia en el mismo, advirtiendo a la Fiscal sobre la estricta observancia de los plazos procesales y ratificando conforme a la previsión del art. 308 del CNNA, la medida de detención dispuesta por la Fiscal de Materia, (fs. 12).

    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de  constitucionalidad
    • III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
    • conceder la tutela
    • la subsidiariedad con carácter excepcional del recurso de hábeas corpus
    • III.4. Respecto a la normativa legal aplicable al caso de autos
    • a)
    • a partir del momento en que recibe la acusación
    • Fragmento 19
    • III.5. La problemática planteada en el caso de autos
    • APROBAR

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