Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2314/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.1.
II.1. En el proceso penal que siguió Richard Ángel Gutiérrez Pantoja en representación de la Compañía Industrial Comercial Vicente Hermanos S.R.L. contra el mandante del recurrente se emitió la Sentencia de 6 de abril de 1998, por el que se declaró al imputado autor del delito de giro de cheque en descubierto y estafa, condenándolo a sufrir la pena de reclusión de dos años en la cárcel pública de San Sebastián de la ciudad de Cochabamba, con multa de sesenta días, costas a favor del Estado, más el pago a favor del querellante de la correspondiente responsabilidad civil (fs. 41 a 42 y vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- i)
- concedió
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- II.4.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- SC 0096/2010-R
- un principio, no puede ser tutelado por el recurso o acción de amparo constitucional
- infracción de las disposiciones legales procesales,
- III.3.3.En cuanto al derecho del trabajo
- III.4.Análisis del caso concreto
- con excepción del derecho a la libertad física que se encuentra amparado por el recurso de hábeas corpus que ha sido instituido como una garantía constitucional de carácter jurisdiccional que tiene la finalidad de proteger a la persona en el ejercicio de su derecho a la libertad física o el de locomoción contra cualquier acto de restricción o supresión ilegal o indebida
- APROBAR