SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2314/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2314/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

II.4.

II.4. El Juez Cuarto de Partido en lo Penal Liquidador, dentro de la demanda de suspensión condicional de la pena, emitió la Sentencia de 15 de mayo de 2002, mediante la cual declaró la procedencia del beneficio de suspensión condicional de la pena a favor del mandante del recurrente, debiendo el mismo someterse a las siguientes condiciones previstas por el art. 24 del CPP: 1) La prohibición de cambiar el domicilio sin autorización expresa del Juez; 2) Someterse a la Vigilancia del Juzgado de Ejecución Penal, en previsión del art. 55 inc. 1) de la Ley antes mencionada; 3) No incurrir en otro delito doloso y dedicarse a una profesión u oficio; 4) Finalmente, suscribir el compromiso de cumplir con las condiciones impuestas en la presente Sentencia (fs. 11 y vta.).