Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2339/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.7.
II.7. En mérito a la solicitud presentada el 6 de noviembre de 2007, por el ahora recurrente, la Jueza Primero de Instrucción en lo Civil mediante decreto de 7 de noviembre de ese año ordenó se cite al Director Operativo de Tránsito a objeto de que proceda al registro del gravamen del vehículo Mitsubishi, tipo camioneta, con placa de control 836-RBS de propiedad de David Félix Zapata Flores, hasta la suma de $us3 000.-, librándose al efecto la provisión ejecutorial el 13 de noviembre de 2007, que según certificado de 15 de noviembre del mismo año, la División de Registro de Vehículos de Tránsito procedió anotar como gravamen definitivo del indicado vehículo (fs. 12 a 19).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- “improcedente”
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- “concederá”
- III.3. Valoración de la prueba producida en procesos ordinarios a través del amparo constitucional
- III.4. Interpretación de la legalidad ordinaria
- III.5. La problemática planteada
- APROBAR