SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2339/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, considera que el Juez demandado, vulneró sus derechos a la “seguridad jurídica”, a la defensa y la garantía al debido proceso, toda vez que en apelación dictó el Auto de Vista de 20 de mayo de 2008, revocando la resolución apelada y declaró probada la tercería de derecho preferente presentada por el apelante, ordenando el pago privilegiado del tercerista y en segundo lugar a su favor como ejecutante; Resolución que fue asumida en base a una valoración errónea de las pruebas, pues ignoró la que cursa en el cuaderno procesal y que acredita su derecho preferente en el cobro de la deuda garantizada con el vehículo del ejecutado, gravado e hipotecado a su favor, basándose en una prueba inexistente consideró que el tercerista hubiera procedido con el gravamen definitivo sobre el vehículo, cuando en realidad dicho gravamen no existe, vulnerando los arts. 1392 y 1360 del CC. En revisión, corresponde analizar si el recurso de amparo constitucional, cumple con los requisitos para ingresar al análisis de la problemática planteada y en su caso, si los actos denunciados ameritan conceder o no la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- “improcedente”
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- “concederá”
- III.3. Valoración de la prueba producida en procesos ordinarios a través del amparo constitucional
- III.4. Interpretación de la legalidad ordinaria
- III.5. La problemática planteada
- APROBAR