SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2376/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, alega la vulneración de sus derechos a la libertad y a la presunción de inocencia, considerando que la autoridad recurrida, hoy demandada, de manera totalmente parcializada y excediendo lo pedido por el representante del Ministerio Público, que solicitó la aplicación de medidas sustitutivas, resolvió su detención preventiva, sin considerar la documentación referente a su identidad, ocupación, domicilio y familia y sin una fundamentación razonable y fundamentada de manera objetiva; asimismo, rechazó sin mayor fundamentación el incidente de actividad procesal defectuosa que planteó, haciendo notar que la fase de investigación duró más allá de lo previsto por el art. 300 del CPP. Corresponde considerar en revisión, lo solicitado a fin de otorgar o no la tutela demandada.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- I.2.3. Resolución
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal al Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2..Términos procesales en la presente acción tutelar
- empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- rechacen las medidas cautelares
- III.4. Subsidiaridad de la acción de libertad, cuando se activa directamente, después de realizada la audiencia de consideración de medidas cautelares
- III.5.
- procedente