Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2387/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.3.
II.3. El recurrente presentó recurso de reclamación contra el Auto Administrativo 03389, el mismo que fue confirmado mediante Resolución de Comisión de Reclamación 395.04 de 27 de agosto de 2004, expedida por el Interventor del Servicio Nacional del Sistema de reparto SENASIR, con el argumento que constituyen plena y única prueba los documentos entregados al Registro Central de la Caja (fs. 30 a 32 y 39 a 41 vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- En cuanto al orden normativo
- III.2.2. En cuanto al aspecto jurisprudencial
- casación que ha sido declarada improcedente por falta de cumplimiento de requisitos legales para su consideración en el fondo
- Fragmento 18
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR