SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2393/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.7.
II.7. Por oficio de 7 de abril de 2008, dirigido por la hoy recurrente al Director de Recursos Humanos de la Cámara de Diputados, se indica que debido a la retención de sus boletas de pago correspondientes a los meses de enero y febrero de 2008, no pudo acceder a exámenes de salud complementarios, siendo la última atención “por única vez” el 13 de marzo de ese año con su boleta de diciembre de 2007, y como consecuencia de esa atención se le confirmó su estado de gestación de 7.1 semanas, de manera que al haber expedido el memorando 47/08 por el que se prescindió de sus servicios, se contravino el art. 1 de la Ley 975 de protección laboral a la trabajadora embarazada. Por tanto, pidió que se deje sin efecto ese memorando, y se disponga su reincorporación a su fuente de trabajo (fs. 18 a 19).
- recurso -ahora acción- de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- En cuanto al derecho a la vida
- Respecto al derecho a la salud
- En cuanto al derecho a la seguridad social
- En cuanto al derecho al trabajo y a una remuneración justa
- III.3. Marco constitucional y jurisprudencial respecto a la protección laboral de la mujer embarazada
- se debe cambiar el entendimiento jurisprudencial contenido en la SC 1416/2004-R
- III.4.
- a)
- concedido en parte
- APROBAR