SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2421/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2421/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

III.2. De la valoración de la prueba por el Tribunal Constitucional

Así la SC 0083/2010-R de 4 de mayo, señaló que: "…guarda límite en cuanto a la valoración de la prueba y determinación si existe o no responsabilidad penal, pues ello es atribución de las autoridades ordinarias…", añadiendo luego que: "Ese es el entendimiento que siempre tuvo y tiene este Tribunal, puesto que existe línea jurisprudencial en sentido de que: '…la facultad de valoración de a prueba aportada corresponde privativamente a los órganos jurisdiccionales ordinarios, por lo que el Tribunal Constitucional no puede pronunciarse sobre cuestiones que son de exclusiva competencia de los jueces y tribunales ordinarios, y menos atribuirse la facultad de revisar la valoración de la prueba que hubieran efectuado las autoridades judiciales competentes', haciendo referencia a las  SSCC 577/2002-R y 0977/2003-R, entre otras”.