Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2427/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.6.
II.6. A fs. 154 consta también que el 6 de marzo de 2008, se procedió nuevamente a su notificación con la Resolución de Recurso Jerárquico 03/2008 en cuya diligencia se señala expresamente: “negándose afirmar la presente notificación, acto que se realizó en presencia de testigo de actuación quien firma al pie” (sic), como testigo Isidro Quispe Quispe.
- recurso de amparo constitucional actualmente
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- 1)
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- accionante'
- Fragmento 17
- III.2. El principio de inmediatez en la interposición de la acción de amparo constitucional: Plazo de seis meses
- 13 de septiembre de 2008
- APROBAR