Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2435/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.1.
II.1. Cursa en obrados, tarjeta de propiedad de inmueble, testimonios de inscripción del registro de propiedad en Derechos reales, Testimonio de escritura aclarativa sobre ubicación exacta del terreno, plano de ubicación, certificación catastral, pago de impuestos anuales a la Alcaldía Municipal de Santa Cruz, los cuales acreditan el derecho propietario de Manuel Bascope Avilés, registrado bajo el Folio Real 7.01.1.06.0011371 de los lotes 1 al 7 ubicados en UV-144-A M46-A Loc. Los Chacos (fs. 2 a 16).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- denegando
- I.2.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- la Resolución de 22 de septiembre de 2006,
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de amparo constitucional”.
- “accionante”
- inmediatez.
- en el plazo máximo de seis meses
- .
- hasta dentro de los seis meses de ocurrido el acto ilegal u omisión indebida
- III.4. Análisis del caso en examen
- contra la Resolución de 22 de septiembre de 2006,
- 17 de septiembre de 2008
- APRUEBA