SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2459/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2459/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

ilegalmente perseguida

Toda vez que el art. 125 de la CPE y que en lo referente a la persecución indebida, no difiere del art. 18 de la anterior Constitución, señala que: “Toda persona que considere que su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal, podrá interponer Acción de Libertad y acudir, de manera oral o escrita, por sí o por cualquiera a su nombre y sin ninguna formalidad procesal, ante cualquier juez o tribunal competente en materia penal, y solicitará que se guarde tutela a su vida, cese la persecución indebida, se restablezcan las formalidades legales o se restituya su derecho a la libertad”.