SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2477/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2477/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

II.5.

II.5.  El 25 de marzo de 2008, la recurrente solicitó la modificación de la fianza económica, pero al no haberse constituido el Tribunal, pierde competencia y disponen que se remita el proceso al Tribunal Sexto de Sentencia, donde se apersonó y solicitó audiencia de modificación de fianza económica, disponiendo dicho Tribunal que previamente se ponga a derecho, se notifique con la radicatoria y el desarrollo de los actos preparatorios, bajo alternativa de ley, actuaciones que cumplidas, en la audiencia de 12 de agosto del mismo año, se le rechazó la modificación de la fianza económica, determinación contra la que interpuso recurso de apelación, solicitando se remitan los antecedentes dentro de las veinticuatro horas prevista por el art. 251 del CPP (fs. 7 y 17).