SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2533/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.6.
II.6. Se evidencia que el supuesto apoderado del denunciante, presentó alegatos en conclusiones por memorial de 18 de agosto de 2004, los cuales fueron considerados para dictar la Sentencia 92/2004 de 18 de octubre, notificándose a la defensora de oficio Patricia Castillo el 21 de junio de 2005, mediante cédula pegada en la puerta de su domicilio procesal, luego de lo cual y transcurrido el tiempo se declaró la ejecutoria de la Sentencia por providencia de 3 de agosto de ese año; de igual manera ante la solicitud de antecedentes al Juez de Ejecución Penal, por parte de Néstor Vicencio Choque, el Juez dispuso la emisión del mandamiento de condena contra Francisco Callisaya Quispe y Bertha Chávez de Callisaya, y por providencia de 11 de mayo, dispuso la remisión de antecedentes ante el Juez de Ejecución Penal (fs.19 a 20).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación del recurso
- a)
- Fragmento 6
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- conceder la tutela
- III.3.
- Fragmento 22
- III.5. Análisis del caso de autos
- APROBAR