Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2565/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
I.2.3. Intervención del tercero interesado
El recurrente afirma ser apoderado de ENFE, y que no es Asesor Legal de ENFE, sino más bien es el poderdante, aspecto que no responde a la verdad, toda vez que como funcionario Asesor Legal de ENFE, se le estuvo pagando mensualmente sus sueldos tal cual consta en las planillas de sueldo que se adjunta como prueba, él afirma que sigue representando a ENFE, realizando gastos inclusive de sus propios recursos, sin tomar en cuenta que el poder que ostenta, ya fue revocado por tres poderes posteriores, cita: 1221/2008, 1223/2008 y 1222/2008.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- Severo Hurtado Ribera:
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.3.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2.Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1)
- a)
- como funcionario dependiente de ENFE percibía una remuneración por parte del Estado
- APROBAR