Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2565/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.3.
II.3. A fs. 14 y vta., el actual recurrente y otro, mediante memorial de 16 de julio de 1999, apelaron el Auto de 8 de junio de ese año y a fs. 16 y vta., la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, revocó la Sentencia dictada por el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social, declarando a la vez improbada la demanda.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- Severo Hurtado Ribera:
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.3.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2.Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1)
- a)
- como funcionario dependiente de ENFE percibía una remuneración por parte del Estado
- APROBAR