SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2623/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2623/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

II.9.

II.9.Contra esta Resolución la recurrente interpuso recurso de apelación, que fue resuelta por Auto de Vista de 20 de octubre de 2008, por los Vocales recurridos confirmando la providencia apelada, bajo el fundamento de que si bien de acuerdo al art. 50 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), procede la aclaración, enmienda y complementación a petición de parte o de oficio, sin alterar el fondo de la resolución correspondiente, sin embargo,  dicha petición se encuentra sujeta al trámite previsto en el art. 31 de la LTC, ante la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional y después de su notificación a la parte recurrente de amparo recién se hará efectiva la ejecutoria de la Sentencia Constitucional (fs. 592 y vta.).