SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2623/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
“procedencia”
La Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dictó la Resolución de 22 de enero de 2009, declarando la “procedencia” del recurso interpuesto por Ruth Calderón de Ordóñez, disponiendo la nulidad del decreto de 6 de diciembre del año 2006 y por ende el Auto de Vista de 20 de octubre de 2008, ordenándose al Juez recurrido, dar cumplimiento al endose, desglose y entrega del depósito judicial a la recurrente, sin responsabilidad civil, penal, costas, multas ni daños y perjuicios y bajo los siguientes fundamentos: a) El hecho de interponer una complementación y enmienda por los representantes legales del Gobierno Municipal de Santa Cruz de la Sierra, la misma que de ninguna manera se refiere a las medidas cautelares, si el Gobierno Municipal quería evitar el pago del justiprecio, debió solicitar la complementación para que sobre el particular se mantenga la misma, no se hizo tal solicitud; y, b) En virtud a una solicitud de complementación y enmienda el Tribunal Constitucional no ha de variar el aspecto debatido en el fondo, toda vez que toda complementación y enmienda esta dirigida a aclarar, corregir o enmendar algún concepto oscuro, pero jamás atacar el fondo de la cuestión debatida.
- recurso de amparo constitucional, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- i)
- “procedencia”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2.1. En caso de concederse la tutela
- dicho fallo no suspende el desarrollo o continuidad del proceso judicial o administrativo, o las actuaciones, de donde emerge o motivaron la respectiva acción de defensa de derechos fundamentales
- III.2.3. En caso de existir medida cautelar
- Fragmento 23
- De la aclaración, enmienda y complementación
- el cual inclusive ya se encuentra en depósitos judiciales
- SC 0595/2010-R de 12 de julio
- APROBAR