SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2683/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2683/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

denegó

Concluida la audiencia, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 170 de 8 de diciembre de 2008 (fs. 495 vta. a 496 vta.), por la que denegó la tutela constitucional, con los siguientes fundamentos: i) Que, a su turno se cedió la palabra al tercero interesado, quien hizo una extensa y sucesiva relación del proceso dando lecturas a sucesivas sentencias constitucionales, puntualizando que la demanda de amparo constitucional no es clara, ni especifica cuáles han sido los derechos y garantías que alega que han sido vulnerados, solamente se limita a señalar la seguridad jurídica y el debido proceso, el tercer interesado haciendo cita y referencia a las sentencias constitucionales, manifiesta que la demanda en si carece de las condiciones básica y elementales establecidas en el art. 19 de la CPEabrg y art. 97 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), atacando siempre la demanda de amparo constitucional, dice que el Tribunal de garantías constitucionales, no puede sustituir a un tribunal de casación en todo caso, de acuerdo al art. 490, ellos tienen toda la potestad discrecional para la ordinarización del proceso ejecutivo ante las instancias correspondientes. Asimismo, señaló que el Tribunal de garantías no tiene capacidad para analizar y compulsar las pruebas que es una atribución específica de los tribunales jurisdiccionales llamados por ley, en su conclusiva pide la denegatoria de la demanda de amparo constitucional.