SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2686/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución 175 de 16 de diciembre de 2008, cursante de fs. 147 vta. a 148 vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Freddy Gutiérrez Gutiérrez en representación de Héctor Abel Gallardo Herrero y Sandra Regina Rigonato contra Jaime Soliz Phiel, Fiscal de Distrito, alegando la vulneración de los derechos de sus representados a la “seguridad jurídica”, a la igualdad, al debido proceso y a la aplicación objetiva de la ley, citando al efecto los arts. 6 y 7 inc. a) de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Respecto a la denuncia contra el Director funcional de la investigación
- 3)
- III.4.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR