SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2711/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
II.5.
II.5. La Comisión Sumariante conformada por el Auditor Interno y el Abogado, el 12 de mayo de 2008, elevaron ante el Gerente General de la Cooperativa, informe dentro del proceso administrativo interno instaurado por dicha Cooperativa contra Santos Edwin Orellana Vega, señalando que se estableció que dicho funcionario incurrió en la omisión voluntaria de funciones, incumplimiento del manual de Créditos, reincidencia y negligencia, infringiendo los arts. 115 incs. b), i) e q) y 119 inc. a) del Reglamento Interno de Trabajo y el Reglamento de Créditos de la Cooperativa, recomendando dictar Resolución declarando procedente el proceso administrativo, con despido de su fuente de trabajo y sin goce de beneficios sociales; por haber puesto en alto riesgo el crecimiento de la mora y el retorno de los dineros en calidad de préstamo (fs. 149).
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- I.2.1. Retiro del recurso respecto a un sujeto procesal
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3. De los derechos presuntamente vulnerados
- lo que supone el derecho a obtener una pronta resolución
- se tendrá por lesionado el derecho de petición cuando “…la autoridad no la responde en un tiempo razonable ya sea en sentido positivo o negativo
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR