SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2711/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2711/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

III.3. De los derechos presuntamente vulnerados

El debido proceso fue desarrollado y entendido por este Tribunal, como el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo, en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar; es decir, comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado, que pueda afectar esos derechos reconocidos por la Constitución Política del Estado, así como los convenios y tratados internacionales, garantía que conforme a la jurisprudencia sentada por este Tribunal, alcanza a toda clase de procesos judiciales o administrativos. Así las SSCC 0378/2000-R, 0441/2000-R, 0128/2001-R, 0347/2001-R, 0081/2002-R y 0378/2002-R, entre otras.