Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2718/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
II.3. .
II.3. .Por memorial presentado el mismo día 12 de septiembre de 2008, dirigido al Alcalde Municipal de Oruro, denunció los malos tratos de los que había sido víctima de parte del recurrido, quien aduciendo que no contaba con documentación arbitrariamente habría puesto a un vendedor ambulante en su lugar, bajo amenaza de agresión en caso de salir a vender; en mérito a lo cual solicitó que a través del Director de Defensa al Consumidor, Unidad de Mercados y Focalizaciones del municipio, se haga prevalecer el derecho otorgado mediante el padrón municipal por el que se le autorizó a realizar la actividad de venta de productos (fs. 8).
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- a)
- i)
- improcedente
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.3. .
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3.Consideraciones sobre la naturaleza subsidiaria del amparo constitucional
- ;
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR