Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2723/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
5)
5) El Juez de alzada, por Auto de Vista confirmó plenamente el Auto recurrido, que rechazó la oposición, habiéndose librado y ejecutado el mandamiento de desapoderamiento con intervención notarial. Por lo que solicitó se declare improcedente el recurso del amparo constitucional con costas por la temeridad y malicia de los recurrentes.
- recurso
- a)
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- i)
- ii)
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- III.3. De la oposición al mandamiento de desapoderamiento
- III.4. El caso analizado
- APROBAR