SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2772/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2772/2010-R

Fecha: 10-Dic-2010

I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías

Admitido el recurso de amparo constitucional por Auto de Vista 123 de 27 de septiembre de 2008 (fs.301), y luego de apersonado Ignacio Salazar Tórrez en representación del recurrente, adjuntando el correspondiente testimonio 0758/2008 de 13 de octubre, de poder especial, amplio y suficiente -a través del memorial cursante a fs. 303, presentado el 20 de noviembre de ese año-, se dispuso la notificación por edictos de la tercera interesada María Eugenia Landívar de Pardo, en base a la representación del Oficial de Diligencias de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, que cursa a fs. 305vta. Finalmente, cumplidas las diligencias de rigor, se realizó la audiencia pública el 26 de enero de 2009, en presencia del recurrente, asistido por su abogado y ausentes tanto las autoridades recurridas como los terceros interesados y el representante del Ministerio Público, según consta en el acta cursante de fs. 316 a 319 vta., se produjeron los siguientes actuados: